En un hito legislativo que marca un antes y un después en la lucha contra los delitos digitales, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.º 32314, que modifica el Código Penal y la Ley de Delitos Informáticos para castigar con severidad el uso ilícito de la inteligencia artificial (IA) en la comisión de crímenes.
La norma, aprobada previamente por el Congreso de la República, responde al acelerado avance de las tecnologías emergentes y su empleo cada vez más frecuente en actividades delictivas, desde fraudes sofisticados hasta la creación de contenido sintético de abuso infantil.
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Uno de los cambios más contundentes recae sobre la pornografía infantil generada con IA. A partir de ahora, la producción, distribución o manipulación de este tipo de material utilizando herramientas como los ‘deepfakes’ será castigada con entre seis y diez años de prisión, además de sanciones económicas. Con esta medida, el Estado peruano busca cerrar el cerco legal a quienes aprovechan la tecnología para vulnerar los derechos de menores de edad.
Difamación con IA también será delito
Otra arista clave de la nueva legislación es la incorporación de la difamación mediada por IA. Se establece pena privativa de libertad de hasta tres años y multas para quienes difundan contenidos falsos o denigrantes a través de redes sociales, medios de comunicación o herramientas de inteligencia artificial. La proliferación de imágenes manipuladas y videos falsos —los llamados deepfakes— ha encendido las alarmas sobre el impacto reputacional y emocional que estos pueden tener en las víctimas.
Fraudes más sofisticados, penas más duras
En el caso de la estafa agravada, la ley impone penas de cuatro a ocho años de cárcel a quienes utilicen IA para suplantar la identidad de otras personas —ya sea mediante voz, imagen, gestos o videos— con fines fraudulentos. Esta disposición refleja el reconocimiento del sofisticado nivel de engaño que estas tecnologías permiten en delitos patrimoniales y financieros.
Protección de la propiedad intelectual
La norma también fortalece la defensa de los derechos de autor. La reproducción no autorizada de obras artísticas, fonogramas, emisiones de radio o audiovisuales será castigada con penas de dos a seis años. Además, se sancionará con hasta seis años de prisión la apropiación indebida de obras mediante copia textual o alteración con fines de ocultamiento.
Asimismo, se penalizará la elusión de medidas tecnológicas de protección de propiedad intelectual, con penas que van de dos a cuatro años de cárcel.
Agravante general: IA como factor de aumento de pena
Como cierre clave, la ley introduce un agravante general: si cualquier delito que se comete utilizando inteligencia artificial o tecnologías similares, la pena podrá incrementarse hasta en un tercio por encima del máximo legal vigente. Esta disposición convierte a la IA en un elemento agravante transversal dentro del sistema penal peruano.
Durante el debate legislativo, los congresistas coincidieron en que la nueva ley constituye una respuesta decidida y moderna ante el uso malicioso de herramientas tecnológicas, y busca proteger a los ciudadanos de nuevas formas de criminalidad que trascienden los límites tradicionales del delito.
Con esta legislación, el Perú se suma a los pocos países de la región que han dado un paso firme para blindar su marco legal frente al uso delictivo de la inteligencia artificial, en una era donde los avances tecnológicos pueden ser tanto una promesa como una amenaza.