El Gobierno de Dina Boluarte aprobó la creación del Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida, una medida que impactará directamente a miles de motociclistas y ciclistas que realizan delivery a través de aplicaciones y empresas privadas.
El registro, de carácter obligatorio, estará a cargo de las municipalidades provinciales y será parte del Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito (Sinarett). Según el Decreto Supremo 006-2025-MTC, tanto personas naturales como jurídicas deberán inscribirse si ofrecen servicios de entrega rápida utilizando motocicletas o bicicletas. El decreto excluye expresamente a los servicios postales tradicionales.
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A partir de su implementación, los conductores solo podrán operar si están inscritos, cuentan con la autorización correspondiente y cumplen con una serie de requisitos técnicos mínimos. Estos incluyen: frenos en buen estado, sistema sonoro funcional, iluminación delantera y trasera, láminas retrorreflectantes y una cajuela de reparto con la placa visible.
Pero las exigencias no terminan ahí. Los conductores deberán usar casco y chaleco retrorreflectante con el número de matrícula visible, se prohíbe el transporte de personas y será obligatorio participar en programas de capacitación en seguridad vial.
La medida busca ordenar un sector que ha crecido aceleradamente en los últimos años, en medio de quejas por la informalidad, la falta de seguridad y el riesgo vial. No obstante, podría generar reacciones entre los trabajadores independientes, quienes enfrentan condiciones laborales precarias y una alta rotación en las plataformas digitales.
¿Qué requisitos deben cumplir?
Para obtener la autorización e inscripción en el registro, los conductores o empresas deberán presentar:
- Solicitud con datos personales o empresariales
- Licencia de conducir vigente
- Contrato de arrendamiento del vehículo (si no es propio)
- Certificados de SOAT e inspección técnica, según corresponda
- Declaración jurada de cumplimiento de normas técnicas y de seguridad
Una vez emitida la autorización para prestar el servicio de delivery, la Municipalidad Provincial correspondiente registra a los conductores y vehículos habilitados en el Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida.
¿Cuáles serán las multas por incumplir la norma?
El dispositivo legal también incluye un nuevo cuadro con sanciones severas. Las faltas calificadas como muy, entre las cuales figura el servicio sin estar registrado o sin cumplir las condiciones técnicas, recibirán multas de hasta 0.8 UIT (S/ 4 280), además del internamiento del vehículo y la interrupción del viaje.
El registro entrará en vigor 30 días después de la publicación del decreto; es decir, desde el 17 de mayo de 2025.
Las municipalidades deberán adecuar sus procedimientos y registrar las autorizaciones registradas desde esa fecha. Las empresas ya operativas deberán presentar la relación de su personal en un plazo máximo de 15 días tras la implementación del sistema.
Cabe precisar que, además de esta nueva regla, los motociclistas tienen prohibido llevar un acompañante durante el estado de emergencia en Lima y Callao.



