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Ley MAPE que presentó el Ejecutivo al Congreso le da seis meses más al Reinfo

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El Poder Ejecutivo que encabeza la presidenta Dina Boluarte envió al Congreso de la República el proyecto de ley de la pequeña minería y minería artesanal, también conocida como ley MAPE, una iniciativa que tiene por objetivo regular las actividades en la minería, entre ellas, reemplazar al Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo).

Sin embargo, la iniciativa también otorga una prórroga de seis meses para la inscripción en el Reinfo, lo que en la práctica permitirá que al menos 70 mil mineros que tienen la condición de suspendidos por no haber cumplido con los requisitos de formalización, puedan extraer minerales sin recibir una sanción.

La propuesta del Ejecutivo enviada con carácter de urgencia señala en una de sus disposiciones complementarias que los procedimientos administrativos iniciados en el marco del proceso de formalización de minería integral ante la Dirección Regional de Energía y Minas (DREM), continúan su trámite ante dicha instancia durante seis meses, desde el día hábil siguiente a la publicación de la ley.

Es decir, que si la ley MAPE se promulga, habrá un plazo de seis meses para los que se encuentran en el Reinfo.

En ese sentido, se precisa que, culminado el plazo de seis meses, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) asumirá, de manera exclusiva e integral, las funciones otorgadas a la DREM relacionadas con el proceso de formalización minera integral, lo que le permitirá tramitar y resolver los procedimientos en curso.

La DREM tendrá un plazo de 60 días hábiles para enviar todos los expedientes relacionados con procesos de formalización minera en trámite.

Detalles de la Ley MAPE

Uno de los aspectos de la propuesta refiere que mediante decreto supremo, a propuesta del Ministerio de Energía y Minas (Minem), se pueden establecer áreas especiales para el desarrollo de actividades de minería artesanal, destinadas a la explotación de minerales en áreas de libre disponibilidad.

Dichas áreas son establecidas por un plazo de tres años y la autorización es emitida por el gobierno regional a favor del PMA que acredite cumplir con los requisitos.

Además, el Minem implementará y administrará el Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMA) como una plataforma informática que integrará información relacionada con la pequeña minería y minería artesanal.

Este sistema registrará la calificación como productor minero artesanal o pequeño productor minero, las autorizaciones y título habilitantes emitidos por cada gobierno regional, la certificación ambiental, los contratos de uso de terreno superficial, los contratos de explotación o concesiones mineras de titularidad, entre otros aspectos.

Otro aspecto que explora la propuesta son incentivos de contratos de explotación.

Señala que los titulares de concesiones mineras, incluyendo pequeño productor minero y productor minero artesanal, que suscriban contratos de explotación formales, estarán exonerados de penalidad y derecho de vigencia de la concesión por dos años consecutivos.

Por otro lado, se precisa que el Reglamento se aprobará dentro de los 180 días calendarios posteriores a la publicación de la ley.

La propuesta también menciona que dentro de los 90 días calendarios posteriores a la entrada en vigencia de la ley, a propuesta del Ministerio del Interior, en coordinación con la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) y el Minem, se aprobará un régimen especial para la compra, transporte, almacenamientos y uso de explosivos utilizados en la pequeña minería y minería artesanal.

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