En un paso trascendental hacia la protección de los derechos laborales y la dignidad humana, este jueves 4 de septiembre se promulgó la ley que protege a los trabajadores diagnosticados con cáncer frente a cualquier intento de despido. La norma garantiza la estabilidad laboral durante todo el proceso de tratamiento y frente a los efectos derivados de la enfermedad, respondiendo a una de las principales demandas de la población oncológica del país.
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La medida modifica el artículo 65 del Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo, y declara nulo todo despido fundamentado en el diagnóstico oncológico, sin importar la modalidad de contratación, la jornada laboral o si el trabajador se encuentra en periodo de prueba o desempeña un cargo de confianza. La protección se extiende también al sector público mediante la incorporación de artículos específicos en el Decreto Legislativo 276 y la Ley del Servicio Civil.
Aspecto relevante
Uno de los aspectos más relevantes de la nueva normativa es la obligación de los empleadores de readaptar el puesto de trabajo en caso de que el trabajador no pueda cumplir con sus funciones habituales debido a limitaciones físicas o cognitivas, sin que ello implique reducción de remuneración. De esta forma, se busca no solo evitar la discriminación, sino también garantizar que los pacientes puedan continuar en el mercado laboral en condiciones justas y humanas.
El Poder Ejecutivo cuenta con un plazo de 60 días hábiles para adecuar el marco reglamentario y otras disposiciones legales a lo establecido en esta ley. Con ello, el Estado peruano refuerza su compromiso con la igualdad de oportunidades, la inclusión y la defensa del derecho al trabajo, enviando un mensaje claro: enfrentar una enfermedad como el cáncer no puede significar perder el sustento ni la seguridad laboral.



