El proceso de reasignación ofrece a los docentes nombrados de todo el Perú la oportunidad de trasladarse a otra institución educativa dentro del país. Hay cinco motivos por las cuales se puede solicitar dicho beneficio: salud, racionalización, situaciones de emergencia, unidad familiar e interés personal.
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La normativa establece que, para la solicitud de unidad familiar debe tener como mínimo un año de servicio como profesor nombrado con servicios oficiales efectivos. Asimismo, se dará prioridad a la reasignación en plazas situadas en regiones diferentes a la de origen, considerando criterios de necesidad familiar.
Por otro lado, para solicitar reasignación por intereses personales el docente debe acreditar como mínimo 3 años de servicio como profesor nombrado con servicios oficiales efectivos.

El Ministerio de Educación tendrá hasta el domingo 9 de febrero del 2025 para adecuar el reglamento de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial. Teniendo en cuenta que su publicación se realizó el 9 de enero y cuentan con 30 días hábiles.
Requisitos generales
Según el Ministerio de Educación (Minedu), los requisitos generales deben ser avalados con el informe escalafonario de reasignación y su antigüedad no debe ser mayor a 60 días. Este documento se presenta junto con el expediente solo si la postulación es a una Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) o región distinta a donde se encuentra el maestro. De lo contrario lo genera la misma UGEL.
Los requisitos son los siguientes: tener un mínimo de tres años de nombramiento, acreditar dos años de servicios oficiales efectivos continuos o acumulativos en la última plaza en la cual es titular (como nombrado o designado) al momento de su postulación y la presentación del anexo 2.
En cuanto a los criterios de evaluación, estos se dividen en tres, los cuales a su vez suman un total de 90 puntos: escala magisterial, zonal rural, frontera y VRAEM. Además del tiempo de servicio.